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¿Acreditamiento impuestos? ¿prescriben los adeudos fiscales?

3 Respuestas

Sin Avatar Fernando Altuzar Hernandez
Respuesta favorita

El código fiscal de la federación,art.30 (CFF), establece que la documentación relativa a la contabilidad debe de conservarse por un periodo de cinco años.

Pero en el caso de la contabilidad y documentación correspondientes a actos cuyos efectos se prolonguen en el tiempo,como podría ser el caso de las inversiones y las perdidas,el plazo comenzara a computarse a partir del día en que se presento la declaración del ultimo ejercicio en que se hayan producido dichos efectos

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Sin Avatar GUIOFRE Lv6

EL UNIVERSO ES FINITO O INFINITO

EXISTE LA INMORTALIDAD DEL SAPO SI O NO.

.- LOS DERECHOS (COMO EL ACR. DEL SALDO A FAVOR) ¨PRESCRIBEN¨ A LOS 5 AÃOS.

.- LAS FACULTADES DE LAS AUTORIDADES ¨CADUCAN¨ A LOS 5 AÃOS

.- EN EL CASO DE LA DOCUMENTACION PUEDE VARIAR DE 5 A 10 AÃOS O MAS SEGUN A QUE SE REFIERE LA DOCUMENTACION.

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Sin Avatar Casper69!

mmmmmmmmmmm??????????? out

estoy fuera de tema sorry

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