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¿Duda con ret iva y diot?

7 Respuestas

Sin Avatar Losh Lv5

Esa retencion está mal, la retencion es dos terceras partes de tu iva normal, o como dice alguien por ahi el 10.66% de tu subtotal.

Saludos

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Sin Avatar Chivigon Lv5

Si le estas vendioendo un producto que para ti es chatarra si procede la retencion del 16% . si no son los porcentajes que ya te indicaron arriba.

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Sin Avatar Anónimo

Creo que tu pregunta esta mal planteada ya que un proveedor no te puede retener impuesto ya que tu le pagas mas bien tu le retienes el impuesto el solamente elabora su factura y si te vende producto considerado como desperdicio esta bien que sea por el total del iva pero si no pidele que corrija sus facturas y que sean de acuerdo con lo que te marca la ley del IVA y pues si la tienes que presentar en las DIOT ya que ese iva que tu retienes lo debes de haber pagado ya.

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Sin Avatar Gianfranco

Los proveedores no retiene IVA.

Solo te retienen a quien le prestas un servicio que en este caso seria tu cliente, a quien le rentas un local si es PM, o quien le vendes chatarra pero un proveedor no tiene por que retenerte IVA ni otro Impuesto.

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Sin Avatar Yo? p

A mi parecer la factura está mal confeccionada ya que nunca podría ser igual el subtotal al total a pagar; en todo caso, si el proveedor te retiene la totalidad del IVA como lo hizo, solo tienes que informarla en tu declaración jurada y tomarte ese crédito fiscal (las retenciones que te práctican son un crédito) es decir que cuando hagas la liquidación de IVA incluis el neto de la factura y despues las retenciones sufridas

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Sin Avatar Dragoney

Mira solo existen dos tipos de retenciones de IVA,

1.- de dos terceras partes del impuesto(osea 10.6667% o 7.3334 esta ultima si estas en region

fronteriza), y

2. de 4% para autotransportistas

Ley del IVA

Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

I.Sean instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria.

II.Sean personas morales que:

a)Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.

b)Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización.

c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.

d) Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean personas físicas.

Reglamento del la Ley del IVA

Artículo 3. Para los efectos del artículo 1o.-A, último párrafo de la Ley, las personas morales obligadas a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, lo harán en una cantidad menor, en los casos siguientes:

I.La retención se hará por las dos terceras partes del impuesto que se les traslade y que haya sido efectivamente pagado, cuando el impuesto le sea trasladado por personas físicas por las operaciones siguientes:

a)Prestación de servicios personales independientes;

b)Prestación de servicios de comisión, y

c)Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

II.La retención se hará por el 4% del valor de la contraprestación pagada efectivamente, cuando reciban los servicios de autotransporte terrestre de bienes que sean considerados como tales en los términos de las leyes de la materia.

la diot declaras el subtotal osea los 2211.10 que mencionas

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Sin Avatar Rufos

En que regimen estas? En Mexico no existe una retencion de IVA del 16% en todo caso honorarios, comisionistas y arrendamiento es el 10.67% de IVA.

Para la DIOT declaras sobre la base o el subtotal.

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