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¿Necesito ayuda por favor, voy a vender una casa en mexico y me dicen que tengo que pagar impuestos, tengo los?

5 Respuestas

Sin Avatar Anónimo
Respuesta favorita

Los recibos de agua y luz también ponlos a tu nombre y los impuestos serán considerablemente menores

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Sin Avatar Elmas catuercas Lv5

Mira hay una manera que te puede ayudar a pagar una mínima cantidad de impuestos.

Lo primero que tienes que hacer es poner todo a tu nombre, pero incluyendo una linea telefónica que espero ya tengas en esa casa, con esto demuestras que tu viviste ahí y con ello es una venta esporádica, por tanto el monto del impuesto disminuye considerablemente y hay casos en los que no se paga nada.

Todo depende de la utilidad o ganancia que vas a obtener de esa compra venta.

Suerte

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Sin Avatar Autonomo_mx

Hola:

Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

XV. Los derivados de la enajenación de:

a) La casa habitación del contribuyente, siempre que el monto de la contraprestación obtenida no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión y la transmisión se formalice ante fedatario público. Por el excedente se determinará la ganancia y se calcularán el impuesto anual y el pago provisional en los términos del Capítulo IV de este Título, considerando las deducciones en la proporción que resulte de dividir el excedente entre el monto de la contraprestación obtenida. El cálculo y entero del impuesto que corresponda al pago provisional se realizará por el fedatario público conforme a dicho Capítulo.

La exención prevista en este inciso será aplicable siempre que durante los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación por la que hubiera obtenido la exención prevista en este inciso y manifieste, bajo protesta de decir verdad, dichas circunstancias ante el fedatario público ante quien se protocolice la operación.

El límite establecido en el primer párrafo de este inciso no será aplicable cuando el enajenante demuestre haber residido en su casa habitación durante los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de su enajenación, en los términos del Reglamento de esta Ley.

El fedatario público deberá consultar al Servicio de Administración Tributaria a través de la página de Internet de dicho órgano desconcentrado y de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto emita este último, si previamente el contribuyente ha enajenado alguna casa habitación durante los cinco años anteriores a la fecha de la enajenación de que se trate, por la que hubiera obtenido la exención prevista en este inciso y dará aviso al citado órgano desconcentrado de dicha enajenación, indicando el monto de la contraprestación y, en su caso, del impuesto retenido.

Inciso reformado DOF 27-12-2006, 07-12-2009

SALUDOS

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Sin Avatar Olliver

no te preocupes, te explico, los impuestos locales los paga el comprador, son impuestos por traslado de dominio y se pagan al Registro Publico de la Propiedad, los impuestos federales (ISR) se calculan tomando el precio de compra (y actualizandolo a traves de medios de calculo que incluyen el INPC) y se le resta al precio de venta, y tu solo pagas impuestos en base a tu tasa (como persona fisica) sobre la ganancia que puedas obtener sobre la venta del inmueble

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Sin Avatar Anónimo

vendela por mercado libre

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